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¿Qué tipo de ayudas existen para una persona con discapacidad?

Las prestaciones son ayudas económicas que pretenden cubrir o paliar diferentes necesidades específicas que pueden tener las personas con discapacidad o incluso la falta de ingresos por diversas circunstancias (como viudedad u orfandad).

La Federación Nacional ASPAYM cuenta con una web específica que reune ayudas, becas y ofertas sobre accesibilidad y productos de apoyo en todo el territorio español. Puede acceder directamente a ella PINCHANDO AQUÍ.

A continuación, se enumeran y describen brevemente las principales prestaciones socioeconómicas vigentes en nuestro territorio:

- Prestaciones no contributivas por invalidez: Es una prestación económica individual de carácter periódico que cubre contingencias de invalidez o deficiencia y que garantiza unos ingresos mínimos a aquellas personas que no pueden acceder a otro tipo de pensiones.

- Complemento de 3ª persona: Consiste en la percepción, además de la prestación no contributiva por invalidez, de un complemento del 50% en el importe de la pensión.


- Complemento para titulares de prestación no contributiva (PNC) que residan en una vivienda alquilada: Consiste en el establecimiento de un complemento de pensión dirigido a personas beneficiarias de PNC por invalidez o jubilación que carezcan de vivienda en propiedad y tengan como residencia habitual una vivienda alquilada.

- Prestación familiar no contributiva por hijo a cargo: Asignación económica que se reconoce por cada hijo a cargo del beneficiario menor de 18 años o mayor con una discapacidad igual o superior al 65%, cualquiera que sea la naturaleza legal de su filiación.

- Prestación económica de pago único por nacimiento o adopción de hijos: En los casos de nacimiento o adopción de hijo/a en España en una familia numerosa o que, con tal motivo adquiera dicha condición, en una familia monoparental o en los supuesto de madres que padezcan una discapacidad igual o superior al 65% se tendrá derecho a una prestación que consistirá en un pago único de 1000 €.

- Prestación económica de pago único por parto o adopción múltiples: Consiste en una prestación de pago único que tiene por objeto compensar, en parte, el aumento de gastos que produce en las familias el nacimiento o la adopción de dos o más hijos por parto o adopción múltiples.

- Ayudas individuales no periódicas para personas con discapacidad: Son ayudas individuales, de carácter no periódico, para personas con discapacidad empadronadas en Galicia, en régimen de concurrencia competitiva, con el fin de colaborar en determinados gastos que ocasione la cobertura de necesidades derivadas de la discapacidad.

Subvenciones para facilitar la autonomía personal: Son subvenciones individuales dirigidas a las personas en situación de dependencia, de carácter no periódico y en régimen de concurrencia competitiva, con el fin de colaborar en determinados gastos que genere su situación de dependencia.

Se puede consultar más información sobre las subvenciones activas actualmente en http://benestar.xunta.es

- Renta activa de inserción (RAI): Establecer, dentro de la acción protectora por desempleo, una ayuda específica dirigida a los desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar un empleo que adquieran el compromiso de realizar actuaciones favorecedoras de su inserción laboral.

- Renta de integración social de Galicia (RISGA): Prestación social de carácter periódico destinada a garantizar recursos económicos de subsistencia a quien carezca de ellos, mediante un proyecto personalizado de inserción constituido por un conjunto de acciones tendientes a la mejora de la integración personal, familiar, social y, si es el caso, laboral de la persona beneficiaria.

- Prestaciones sanitarias del SERGAS: Son varios tipos de prestaciones entre los que se encuentran la teleasistencia domiciliaria o el reintegro de gastos de material o renovación de la prestación, entre otras.

- Aumento de la cuantía en la pensión de orfandad: La pensión de orfandad de la Seguridad Social es una prestación económica que consiste en una pensión que se concede a los hijos de la persona fallecida y los aportados por su cónyuge, que reúnan los requisitos exigidos.

- Características específicas de la pensión de viudedad: La percepción de esta pensión se extingue en el momento en que la persona perceptora contrajese nuevo matrimonio o pareja de hecho. Se podrá mantener esta pensión si la persona cumple los requisitos de tener más de 61 años o tener reconocida una pensión de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez o una minusvalía mayor al 65%.

- Salario de libertad (características específicas): Consiste en proporcionar apoyo económico a las mujeres que sufren violencia de género, mediante prestaciones económicas individuales y de carácter periódico, que les garanticen unas condiciones suficientes de independencia económica respecto del agresor y les posibiliten dar el primer paso o consolidar la ruptura de una situación en que corran peligro. La cuantía de la ayuda es mayor en el caso de acreditar una discapacidad igual o superior al 33%.

- Características específicas para ayuda de pago único para mujeres víctimas de violencia de género: Consiste en una ayuda económica de pago único dirigida a las víctimas de violencia de género para las que quede acreditada insuficiencia de recursos y unas especiales dificultades para obtener un empleo. El importe de la ayuda es mayor en el caso de que la víctima y/o los familiares a su cargo tengan un grado de minusvalía reconocido.


 

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