¿Cuáles son las exenciones a las que tiene derecho una persona con discapacidad?
a) Exención del impuesto especial sobre determinados medios de transporte:
- Exención del impuesto de matriculación: Se encarga de tramitarlo el
concesionario al adquirir un vehículo. Para obtenerlo el vehículo tiene que estar
a nombre de la persona con discapacidad y haber transcurrido al menos cuatro
años desde la matriculación del vehículo anterior si tenía las mismas
condiciones, salvo en caso de siniestro total.
- Exención del impuesto de circulación: Se solicita en la Junta Municipal
correspondiente al domicilio de la persona con discapacidad. Solo se aplicará a
un vehículo en el caso de tener más de uno.
- IVA Reducido para la adquisición de vehículos a motor (para que apliquen el 4%
de IVA en vez de el 16%. Hay que solicitarlo en la Delegación de Hacienda más
cercana al domicilio). Hay que presentar el Certificado de Discapacidad. Se
debe hacer justo antes de la compra del vehículo, porque tiene una validez
solamente de un mes desde que se recibe en el domicilio.
b) Exenciones fiscales y de impuestos patrimoniales.
c) Exención en tasas para estudiantes.



















